Apreciados Asesores Productores,
A continuación damos a conocer las disposiciones que como compañía de seguros, se han establecido para los pagos de indemnizaciones de pérdidas totales, de responsabilidad civil y por gastos médicos.
1.- Todos los cheques de indemnización a terceros por Responsabilidad civil, deben ser retirados única y exclusivamente por el beneficiario del cheque, quien deberá portar la cédula de identidad/ciudadanía o pasaporte.
2.- Todos los cheques de indemnización por gastos médicos, deben ser retirados única y exclusivamente por el beneficiario del cheque, quien deberá portar la cédula de identidad/ciudadanía o pasaporte.
3.- Todos los cheques de indemnización por Pérdidas Totales, deben ser retirados única y exclusivamente por el Asegurado, quien deberá suscribir los respectivos finiquitos y colocar el sello de su empresa en caso de ser persona Jurídica.
Para indemnizaciones de Pérdidas Totales, sólo en casos excepcionales, se aceptará que los cheques sean retirados por su Asesor Productor de Seguros, siempre y cuando, con anterioridad a la fecha de pago, hayan solicitado un original del Acta de Finiquito y la traigan debidamente firmada por el Asegurado y con sello (si es persona jurídica) el día de retiro del cheque. Además deberá adjuntar copia simple de la cédula del asegurado que firmó el finiquito.